07/02/2013
¿Tienen los nuevos miembros de la Junta Directiva mayor capacidad de análisis que los miembros que les eligieron en sus cargos?
Al no convocar a la asamblea extraordinaria para analizar todos estos aspectos de manera pública y abierta, ponen de manifiesto que simplemente piensan que tienen mayor capacidad que la asamblea, o es que no les conviene seguir tan siquiera sus propios estatutos, y respetar el mandato de las personas que les eligieron en sus cargos?