28/05/2026
El Tribunal Supremo ha anulado el NRUA (Registro Único de Arrendamientos de corta duración), al considerar que el Estado no tenía competencia para crear este registro.
Una decisión relevante para propietarios, gestores de viviendas turísticas y profesionales del sector, después de meses marcados por la incertidumbre y la sobrecarga administrativa.
Eso sí, el permiso de la comunidad de propietarios sigue siendo obligatorio en muchos casos para operar una vivienda turística.
En un sector en constante evolución, mantenerse informado es clave.
En Luxa seguimos trabajando para ofrecer una gestión actualizada, transparente y adaptada a cada cambio normativo.✨